EXP: 7736/2002 – PROCESADO: Gustavo E. Cristaldo – ESTADO: Condena firme
Situación a Feb/2021: Condena de 5 años para el acusado: GUSTAVO ENRIQUE CRISTALDO quedó firme.
Acciones de Monitoreo: COAPY y Sociedad Civil Organizada (Somos Anticorrupción Paraguay – SAPy) realizaron controles presenciales ante la fiscalía, Tribunal de Sentencia, Tribunal de Apelación Penal, y ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Igualmente, fueron presentadas varias notas de urgimiento en las distintas instancias judiciales para evitar la extinción o prescripción de la acción (verificables en https://coapy.org.py/app/consulta_e.php?id=94) Otras acciones consistieron en la participación del juicio oral y el pedido por nota de la transmisión en vivo del juicio oral al Presidente de la Corte Suprema de Justicia, lo cual se consiguió y desde la plataforma judicial muchos ciudadanos pudieron seguir el juicio oral y evaluar el desempeño de los jueces y fiscales.
El Tribunal de Sentencia integrado por los abgs. Víctor Alfieri, María Luz Martínez y Elio Rubén Ovelar, por S.D N° 442 de fecha 02/12/2019, resolvió: “Condenar a Gustavo Enrique Cristaldo Espínola por Lesión de Confianza a 5 años de pena privativa de libertad”. La defensa interpuso el recurso de apelación especial contra la sentencia condenatoria, y el Tribunal de Apelación Penal, 4° sala de la Capital, por S.D. N° 15 de fecha 08/05/2020, resolvió: “confirmar la S. D. N° 442 de fecha 25/11/2019”.
Por último, el abogado defensor interpuso el recurso de casación contra la S.D. N° 15 de fecha 08/05/2020 del Tribunal de Apelación Penal 4° Sala. La Sala Penal integrada por los Ministros Manuel Ramírez Candia, Luis Maria Benítez Riera y la Ministra Carolina Llanes, por Acuerdo y Sentencia N° 20 de fecha 11/01/2021, resolvió: “Declarar inadmisible el recurso de casación”, con lo cual quedo firme la condena de 5 años contra el exfuncionario Gustavo Enrique Cristaldo.
La intervención de la sociedad en el control de este proceso penal por corrupción pública, fue fundamental para evitar que el caso quede impune. Sin embargo, a la fecha de este artículo, el Ministerio Público no pudo recuperar el daño patrimonial ocasionado al estado que es Gs. 3.472.774.000.
Antecedentes: Gustavo Enrique Cristaldo fue Director de Administración y Finanzas del M.de Hacienda en el año 2002. Tras una auditoría de su gestión (ordenada por Óscar Stark Robledo, ministro de la Secretaría de la Reforma en ese entonces), se detectaron un sinnúmero de irregularidades en la ejecución de un proyecto financiado por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) que involucraba 46 millones de dólares americanos.
Basado en el dictamen de la auditoria, el ministro Stark presentó en el año 2002 una denuncia penal ante la Fiscalía de Delitos Económicos y Anticorrupción contra el señor Gustavo Enrique Cristaldo y otros funcionarios al confirmarse el desvió de sumas multimillonarias a una cuenta bancaria perteneciente a Marcelo Arévalos Betancourt, secretario de Cristaldo en el M. de Hacienda que en aquel tiempo solo tenía 20 años de edad.
Luego de la investigación, el Ministerio Público imputó por Apropiación y Lesión de confianza a Gustavo Enrique Cristaldo y a otros funcionarios del M.de Hacienda el 04 de junio de 2002. Gustavo Enrique Cristaldo, luego de conocer su imputación, estuvo prófugo desde 2002 hasta agosto de 2014, año en que fue aprehendido por efectivos policiales en la vía pública y fue puesto a disposición del Juez Penal de Garantías de la capital.
El Ministerio Público formuló acusación el 11 de marzo de 2015, contra Gustavo Enrique Cristaldo, determinando como perjuicio patrimonial para el Estado la suma de Gs. 3.472.774.000. Según el relato de los hechos, el acusado desde el año 1996 al 2002 era el administrador del proyecto mencionado más arriba, y en tal carácter era el encargado de elaborar las autorizaciones para los pagos a los proveedores, y que dichas autorizaciones requerían la firma del entonces ministro de la Secretaría de la Reforma Juan Ernesto Villamayor y del coordinador general del proyecto Luis Sisul.
El Ministerio Público concluyó que las firmas estampadas en las autorizaciones para proceder a las transferencias de fondos no correspondían a Juan Ernesto Villamayor y Luís Sisul, es decir que supuestamente fueron falsificadas, por lo cual Juan Ernesto Villamayor fue sobreseído del proceso penal.
Enlaces de interés:
Observatorio del Poder Judicial: https://www.pj.gov.py/images/contenido/dgagj/observatorio/MARCELO-AREVALO-BETANCOURT.pdf
Transmisión del Juicio Oral y Público: https://www.youtube.com/watch?v=xx7grVuB2sE